Cambios que afectarán a la jubilación en el 2021
1. La pensión de los autónomos subirá de media 81 euros en 2021: el Gobierno ha introducido la re valorización anual de las pensiones para asegurar que los pensionistas no pierdan poder adquisitivo. Por tanto, en 2021 la prestación de los jubilados (tanto asalariados como autónomos) subirá un 0,9% con respecto a 2020. Esto supondría un aumento medio anual de 81 euros para el colectivo de trabajadores por cuenta propia.
2.La jubilación será a los 66 años con menos de 37 cotizados: a partir de enero de 2021 los autónomos que quieran jubilarse deberán o bien tener cumplidos los 65 años si tienen 37 años y 3 meses o más cotizados, o bien, en caso de no tener este periodo cotizado, haber cumplido los 66 años.
3. Cambios en el cálculo de la pensión: para calcular la pensión que va a cobrar el autónomo se emplean dos elementos: la base reguladora y los porcentajes que se le aplican. Ambos se van a modificar en 2021. Un cambio que va a afectar a las pensiones de aquellos que decidan jubilarse a partir de enero.
4. Ampliación de 23 a 24 años el periodo para calcular la prestación: a partir de enero de 2021 se amplía de los 23 a los 24 años el periodo cotizado a tener en cuenta para el cálculo de la pensión. Los autónomos que se vayan a jubilar en 2021, para saber cuánto van a cobrar de pensión, tienen que sumar la base de cotización que han tenido en los últimos 288 meses previos al momento de jubilarse y dividir el resultado por 366.
5. Sube la edad para acceder a la jubilación anticipada: los autónomos que el próximo año se jubilen anticipadamente tienen que tener al menos 64 años y acreditar un periodo mínimo de cotización de 35 años, 15 de ellos anteriores al momento de jubilarse. Cumplidos estos requisitos, hay que tener en cuenta que hay 4 tramos de penalización:
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Primer tramo: autónomos que tengan 38 años y seis meses cotizados, o menos, en el momento de la solicitud. Se les aplicará una reducción del 8% por año o un 2 % por cada trimestre que soliciten la pensión antes de tiempo.
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Segundo tramo: autónomos que tengan una cotización de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses en el momento de la solicitud. Se les aplicará un coeficiente reductor de 7.5% por año anticipado y 1,87% por cada trimestre.
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Tercer tramo: autónomos cuya cotización supera los 41 años y seis meses y es inferior a los 44 años y seis meses en el momento de la solicitud. Se les aplicará un coeficiente reductor del 7% a su pensión por cada año anticipado (y 1.75% por cada trimestre).
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